El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha fijado a lo largo del primer semestre del año 2021 una serie de acuerdos que afectan directamente a la actividad relacionada con los concursos de acreedores y el Derecho Concursal. Por su importancia e interés APACSA, la Asociación Profesional de Administradores Concursales ‘Sainz de Andino’ ha recopilado algunos de estos acuerdos para su acceso directo al contenido íntegro de los mismos.
ACUERDO Número 1/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA. Medidas para hacer frente en las liquidaciones concursales a la falta de localización de algunos acreedores.
ACUERDO 1-2021 – acreedores a los que no se localiza para pagarles
ACUERDO Número 3/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA. No necesidad de Procurador en el concurso consecutivo de persona natural empresaria.
ACUERDO 3-2021 – No necesidad de Procurador en el concurso consecutivo de persona natural empresaria
ACUERDO Número 4/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA. Informe de la administración concursal e impugnación de la lista de acreedores y del inventario.
ACUERDO 4-2021 – Consecutivo – Informe de la AC
ACUERDO Número 5/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA. Nombramiento como Administrador Concursal del Mediador Concursal.
ACUERDO 5-2021 – Consecutivo – no aplicación del 65-2TR al mediador nombrado AC
ACUERDO Número 6/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA. Apoderamiento especial para la solicitud concursal
ACUERDO 6-2021 – Apoderamiento especial para la solicitud concursal
ACUERDO Número 7/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA sobre competencias de los Juzgados de Primera Instancia y de los Juzgados de lo Mercantil para declarar y tramitar concursos de acreedores.
ACUERDO 7-2021 – Competencia objetiva – administrador societarios y avalistas
ACUERDO Número 8/2021 del TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA sobre aplicación de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 en la normativa concursal para la exoneración de deudas sin exclusión de crédito público.